Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional - RAMSAR
La Convención sobre Humedales de Importancia Internacional o Convención RAMSAR es un tratado internacional que no pertenece al Sistema de Naciones Unidas, en el que se consagran los compromisos contraídos por sus países miembros de mantener las características ecológicas de sus Humedales de Importancia Internacional y planificar el “uso racional”, o uso sostenible, de todos los humedales situados en sus territorios.
La Convención fue aprobada el 2 de febrero de 1971, entró en vigor el 21 de Diciembre de 1975. Este instrumento es uno de los primeros que se ocupa de la conservación y uso racional de los recursos naturales en un ecosistema especifico como el de los humedales, reconociendo sus funciones y su valor económico.
Los órganos de la Convención
La Conferencia de las Partes (COP): es el órgano encargado de formular políticas, adoptar decisiones (Resoluciones y Recomendaciones) para gestionar la labor de la Convención e incrementar la capacidad de las Partes de alcanzar sus objetivos. Se reúne cada tres años. La Décima Segunda COP tendrá lugar en junio de 2015 en Punta del Este Uruguay.
El Comité Permanente, es el órgano ejecutivo que representa a la COP entre sus reuniones trienales. El CP se estableció en virtud de la Resolución 3.3 de la Conferencia de las Partes Contratantes de 1987. La próxima reunión del Comité permanente se llevará a cabo en Gland del 26 al 30 de enero de 2015.
El Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT), se estableció por Resolución 5.5 en 1993 para proporcionar orientación científica y técnica a la Conferencia de las Partes, el Comité Permanente y la Secretaría.
El Plan de Trabajo del GECT se estructura en torno a las tareas prioritarias determinadas por el Comité Permanente, que se basan en Resoluciones y Recomendaciones de la COP.
La Secretaría se encarga de la coordinación de las actividades corrientes de la Convención. Está radicada en la sede de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) en Gland (Suiza).
Relación de Colombia con RAMSAR
La Convención fue aprobada en Colombia mediante la Ley 357 de 1997, declarada exequible mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-582/97 y entró en vigor para Colombia el 18 de octubre de 1998.
Colombia ha inscrito en la lista de humedales de importancia internacional los siguientes sitios:
Nombre |
Lugar |
Fecha de inscripción |
Estuario del Río Magdalena |
Ciénaga Grande Sta.Marta |
18/06/98 |
Laguna de la Cocha |
Departamento de Nariño |
08/01/01 |
Delta del Río Baudó |
Departamento del Chocó |
05/06/04 |
Sistema de Humedales Laguna del Otún |
Departamento de Risaralda |
25/06/08 |
Sistema Lacustre de Chingaza |
Cundinamarca y Bogotá |
25/06/08 |
Estrella Fluvial del río Inírida |
Departamento del Guainía |
08/07/14 |
Mediante Decreto 1275 del 8 de Julio de 2014, Colombia designó el Complejo de Humedales de la Estrella Fluvial del Inírida, como su sexto humedal de importancia internacional.
Colombia fue sede de la VI Reunión Panamericana, Preparatoria de la 12 Conferencia de las Partes (COP), del 27 al 31 de octubre de 2014, en Bogotá.
El seguimiento e implementación del Convenio está en cabeza del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.