Convención sobre la Prohibición de Minas Antipersonal
La Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción, también conocida como la Convención de Prohibición de Minas, o Convención de Ottawa fue adoptada en Oslo, Noruega, el 18 de septiembre de 1997 y se abrió a la firma en Ottawa, Canadá el 3 de diciembre de 1997.
Este Tratado prohíbe emplear minas antipersonal; desarrollar, producir, adquirir de un modo u otro, almacenar, conservar o transferir a cualesquiera, directa o indirectamente, minas antipersonal; ayudar estimular o inducir, de una manera u otra, a cualquiera a participar en una actividad prohibida a un Estado Parte, conforme a la Convención. Cada Estado parte se compromete, además, a destruir o a asegurar la destrucción de todas las minas antipersonal. El fin que persigue la Convención es el de poner fin al sufrimiento y las pérdidas humanas causadas por las minas antipersonal. Además de las medidas antes anotadas, los Estados Partes llevan a cabo importantes esfuerzos en los campos de desminado, educación sobre el riesgo de minas, y asistencia a las víctimas.
Durante la Primera Conferencia de Examen de la Convención celebrada en Nairobi se dio cita la comunidad internacional a alto nivel político con el fin de examinar las acciones hasta entonces emprendidas para enfrentar los problemas causados por las minas antipersonal. Allí se adoptaron la Declaración y Plan de Acción de Nairobi 2005-2009.
La Segunda Conferencia de Examen de la Convención sobre la Prohibición de Minas Antipersonal se llevó a cabo en Cartagena, Colombia en diciembre de 2009. Allí se adoptaron la Declaración y el Plan de Acción de Cartagena, documentos que sirvieron de guía para la aplicación de la Convención durante el período 2009-2014. Esta Conferencia y los principios en ella adoptados, son una muestra del decidido compromiso del Estado con los instrumentos internacionales que regulan las armas de impacto humanitario, y del enfoque integral aplicado por Colombia para la protección de las víctimas.
En junio de 2014, se llevó a cabo en Maputo, Mozambique la III Conferencia de Examen de la Convención. Como resultado de la misma se adoptaron además de la Declaración y Plan de Acción de Maputo, importantes cambios en la arquitectura institucional que apoya a los Estados Partes en el cumplimiento de sus obligaciones bajo la Convención y para su aplicación. En ese entonces, se crearon cuatro nuevos Comités:
- El Comité para el cumplimiento del artículo 5.
- El Comité sobre cumplimiento cooperativo
- El Comité sobre Asistencia a Víctimas
- El Comité para el mejoramiento de la cooperación y asistencia
Esta estructura responde a los retos que resultan de la evaluación del periodo de 15 años en el que se ha venido aplicando la Convención. El camino hacia la realización del objetivo de la eliminación total de las minas antipersonal tiene componentes de acción humanitaria y de desarme. En ese sentido, la estructura puesta en marcha persigue: la adherencia universal a las prohibiciones de la Convención, la destrucción de los arsenales de minas antipersonal, la limpieza de los territorios contaminados con ellas y la asistencia a las víctimas. Para ello, los Estados Partes reciben la asistencia de la Unidad de Apoyo para la Aplicación de la Convención.
Cuando se llevó a cabo la II Conferencia de Examen de la Convención en diciembre de 2009, la Convención contaba con 156 Estados Partes. Este número aumentó a 162, para el momento en que culminó la III Conferencia de Revisión, en junio de 2014.
Colombia y la Convención sobre la Prohibición de Minas Antipersonal
Como Estado Parte desde el 1 de abril 2001 de la Convención (Ley 554 del 2000/ Sentencia C-991 de 2000) sobre la Prohibición de Minas Antipersonal, Colombia ha demostrado un compromiso continuo en la eliminación total y expedita de estas armas. Como uno de los países que sufre mayor afectación por la contaminación indiscriminada causada por la utilización de minas por parte de grupos armados ilegales, Colombia se ha comprometido a fondo en la aplicación a nivel nacional de la Convención.
La pertinencia de los compromisos adoptados durante la Segunda Conferencia de Examen de la Convención sobre la Prohibición de Minas Antipersonal, llevada a cabo en Cartagena perduran como legado invaluable en la aplicación de la Convención. Según quedó consignado en la introducción del Plan de Acción adoptado en Maputo ( junio de 2014), éste construirá sobre los logros de los Planes de Acción de Nairobi y Cartagena. Específicamente en el área de asistencia a las víctimas, el Plan de Acción de Maputo indica que las “acciones emprendidas bajo la Convención con el objetivo de cumplir la promesas hechas a las víctimas se demuestran de vital importancia y los compromisos adquiridos bajo el Plan de Acción de Cartagena mantienen su validez y deben observarse”.
Colombia, así mismo, ha participado activamente en las actividades de aplicación y seguimiento de la Convención en la ciudad de Ginebra, en donde opera la Unidad de Apoyo a la Aplicación de la Convención. Esas actividades comprenden la Co-Presidencia del Comité de Remoción de Minas (2012) y la Co-Presidencia del Comité de Asistencia a Víctimas (2013). Desde septiembre de 2014 y hasta agosto de 2016 Colombia hará parte, junto con Indonesia, México y Suiza del Comité para el Mejoramiento de la Cooperación y Asistencia.
Como parte del trabajo llevado a cabo con motivo de la participación junto con Austria en el Comité de Asistencia a Víctimas en 2013, Colombia contribuyó con el documento “Guía para la asistencia a niños, niñas y adolescentes víctimas de minas antipersona”, elaborado por la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal, -DAICMA. Esta entidad (Decreto 1649 de 2014) trabaja en los diferentes componentes de la Acción Integral contra Minas Antipersonal en el territorio nacional, coordinando a las entidades competentes , articulando políticas públicas en la materia y direccionando el apoyo de la comunidad internacional.
Colombia celebró la Conferencia Internacional “Tendiendo Puentes entre Mundos” relativa a la asistencia a víctimas de minas antipersonal, municiones sin explotar y artefactos explosivos improvisados en el mes de abril de 2014 en la ciudad de Medellín. Este evento contó con el patrocinio de la Unión Europea y tuvo como propósito la discusión sobre el establecimiento de sinergias entre los escenarios de los derechos humanos, la discapacidad, el derecho internacional humanitario y las víctimas de minas antipersonal y otros restos explosivos de guerra.
La participación de Colombia en la Conferencia de Examen de la Convención en Maputo (junio de 2014), además de los aportes en materia de atención a víctimas, se enfocó en lograr una adecuada representación de la situación particular de los países afectados por minas antipersonal con una visión de sostenibilidad en la aplicación de la Convención mediante la aplicación de los principios de la apropiación nacional de esta problemática.
Debido a la constante contaminación causada por grupos armados al margen de la ley, Colombia continúa enfrentando retos en materia de limpieza del territorio nacional. El Gobierno nacional presentó a la Décima Conferencia de Estados Partes de la Convención, celebrada en 2010, una solicitud de prórroga para el desminado del territorio nacional. Esta solicitud le fue concedida, con lo cual el plazo para el cumplimiento de esta obligación es el 1 de marzo de 2021.